8. PRODUCTOS
PLANOS LAMINADOS EN FRÍO
8.1. NORMAS
GENERALES DE PRODUCTOS PLANOS LAMINADOS EN FRÍO
8.1.1. FLEJE Y BANDA CORTADA DE ACERO LAMINADO EN FRÍO.
8.2. PRODUCTOS
PLANOS LAMINADOS EN FRÍO PARA CONFORMADO EN FRÍO / EMBUTICIÓN
8.2.2. FLEJES DE ACERO BAJO EN CARBONO, NO RECUBIERTOS PARA
CONFORMADO EN FRÍO. UNE-EN 10139: 1998.
8.3. PRODUCTOS
PLANOS LAMINADOS EN FRÍO PARA CONSTRUCCIONES METÁLICAS
8.3.1. BANDA DE ACERO LAMINADA EN FRÍO PARA CONSTRUCCIÓN
METÁLICA. UNE 36-121-85.
8.4. PRODUCTOS
LAMINADOS EN FRÍO PARA TRATAMIENTO TÉRMICO
8.4.1. FLEJES LAMINADOS EN FRÍO PARA TRATAMIENTO TÉRMICO.
UNE-EN 10132-1: 2000.
8.5. PRODUCTOS
PLANOS LAMINADOS EN FRÍO CON PROPIEDADES MAGNÉTICAS
8.6. OTROS
PRODUCTOS PLANOS LAMINADOS EN FRÍO
8.6.1. FLEJE PARA EMBALAJE. UNE 36-141-86.
Aplicable para los flejes en bobinas y flejes cizallados, de hasta 10mm
de espesor y anchura inferior a 600mm, de acero aleado y no aleado con la
excepción de los aceros inoxidables y refractarios.
Tabla 8‑1 Fleje y Banda cortada de acero laminado en frío - Tolerancias en espesor
Medidas en milímetros
Espesor
nominal (mm) |
Tolerancias
de espesor para anchuras nominales de |
|||||||||
< 125 |
³ 125 < 250 |
³ 250 < 600 |
||||||||
> |
£ |
A |
B |
C |
A |
B |
C |
A |
B |
C |
|
0.10 |
± 0.008 |
± 0.006 |
± 0.004 |
± 0.010 |
± 0.008 |
± 0.005 |
± 0.015 |
± 0.012 |
± 0.008 |
0.10 |
0.15 |
± 0.010 |
± 0.008 |
± 0.005 |
± 0.015 |
± 0.012 |
± 0.010 |
± 0.020 |
± 0.015 |
± 0.010 |
0.15 |
0.25 |
± 0.015 |
± 0.012 |
± 0.010 |
± 0.020 |
± 0.015 |
± 0.010 |
± 0.025 |
± 0.015 |
± 0.012 |
0.25 |
0.40 |
± 0.020 |
± 0.015 |
± 0.010 |
± 0.025 |
± 0.020 |
± 0.015 |
± 0.030 |
± 0.020 |
± 0.015 |
0.40 |
0.60 |
± 0.025 |
± 0.020 |
± 0.015 |
± 0.030 |
± 0.025 |
± 0.015 |
± 0.035 |
± 0.025 |
± 0.020 |
0.60 |
1.00 |
± 0.030 |
± 0.025 |
± 0.015 |
± 0.035 |
± 0.030 |
± 0.020 |
± 0.040 |
± 0.030 |
± 0.025 |
1.00 |
1.50 |
± 0.035 |
± 0.030 |
± 0.020 |
± 0.040 |
± 0.035 |
± 0.025 |
± 0.050 |
± 0.040 |
± 0.030 |
1.50 |
2.50 |
± 0.045 |
± 0.035 |
± 0.025 |
± 0.050 |
± 0.040 |
± 0.030 |
± 0.060 |
± 0.045 |
± 0.035 |
2.50 |
4.00 |
± 0.055 |
± 0.040 |
± 0.030 |
± 0.060 |
± 0.050 |
± 0.035 |
± 0.075 |
± 0.055 |
± 0.040 |
4.00 |
6.00 |
± 0.070 |
± 0.050 |
± 0.035 |
± 0.075 |
± 0.060 |
± 0.040 |
± 0.090 |
± 0.065 |
± 0.045 |
6.00 |
8.00 |
± 0.080 |
± 0.060 |
± 0.040 |
± 0.090 |
± 0.070 |
± 0.045 |
± 0.100 |
± 0.075 |
± 0.050 |
8.00 |
10.00 |
± 0.090 |
± 0.070 |
± 0.045 |
± 0.100 |
± 0.080 |
± 0.050 |
± 0.110 |
± 0.085 |
± 0.055 |
La forma de los bordes requerida – brutos de laminación, cizallados o
especiales- debe ser objeto de acuerdo al hacer el pedido. Salvo indicación de
los contrario, los productos se suministran con los bordes cizallados (GK). Por
acuerdo particular y según las posibilidades técnicas del fabricante, los
productos planos se pueden suministrar con bordes especiales (SK), por ejemplo
con aristas vivas o aristas redondeadas. Las tolerancias en anchura para flejes y flejes en longitudes cortadas
con bordes en estado bruto de laminación (NK) ó bordes cizallados (GK) se
indican en las siguientes tablas. Por acuerdo al hacer el pedido, los productos
con bordes cizallados (GK) se pueden suministrar sin ninguna tolerancia en
menos (por ejemplo todas las tolerancias en más) o sin ninguna tolerancia en
más (por ejemplo todas las tolerancias en menos) sobre la anchura nominal. En
esta caso, la tolerancia debe ser igual a todos los intervalos admisibles
indicados en las siguientes tablas. Las tolerancias en anchura de los productos
con bordes especiales (SK) deben ser objeto de acuerdo al hacer el pedido.
Tabla 8‑2 Fleje y Banda cortada de acero laminado en frío - Tolerancias en anchura para flejes con bordes brutos de laminación
Valores en milímetros
Anchura
nominal |
Tolerancias
en anchura |
|
|
< 40 |
0/+ 1.6 |
³ 40 |
< 80 |
0/+ 2.0 |
³ 80 |
< 125 |
0/+ 2.4 |
³ 125 |
< 250 |
0/+ 3.0 |
³ 250 |
< 400 |
0/+ 3.6 |
³ 400 |
< 500 |
0/+ 4.2 |
³ 500 |
< 600 |
0/+ 4.5 |
Tabla 8‑3 Fleje y Banda cortada de acero laminado en frío - Tolerancias en anchura para flejes con bordes cizallados
Valores en milímetros
Espesor
nominal |
Tolerancias
de anchura para anchuras nominales de |
||||||
< 125 |
|
³ 125 |
< 250 |
³ 250 |
< 600 |
||
> |
£ |
A |
B |
A |
B |
A |
B |
|
0.60 |
± 0.15 |
± 0.10 |
± 0.20 |
± 0.13 |
± 0.25 |
± 0.18 |
0.60 |
1.50 |
± 0.20 |
± 0.13 |
± 0.25 |
± 0.18 |
± 0.30 |
± 0.20 |
1.50 |
2.50 |
± 0.25 |
± 0.18 |
± 0.30 |
± 0.20 |
± 0.35 |
± 0.25 |
2.50 |
4.00 |
± 0.30 |
± 0.20 |
± 0.35 |
± 0.25 |
± 0.40 |
± 0.30 |
4.00 |
6.00 |
± 0.35 |
± 0.25 |
± 0.40 |
± 0.30 |
± 0.45 |
± 0.35 |
6.00 |
8.00 |
± 0.40 |
|
± 0.50 |
|
± 0.55 |
|
8.00 |
10.00 |
± 0.50 |
|
± 0.55 |
|
± 0.60 |
|
1)
Para los flejes en estado de temple y revenido las tolerancias en
anchura se deben acordar al hacer el pedido. 2)
Para espesores superiores a 6mm, se debe acordar en método de medida al
hacer el pedido. |
Los flejes en longitudes cortadas se deben suministrar en una longitud,
con un tipo de tolerancias definido en la siguiente tabla, todas en más.
Tabla 8‑4 Fleje y Banda cortada de acero laminado en frío - Tolerancias en longitud
Medidas en milímetros
Longitud nominal (L) |
Tolerancias
por exceso respecto a la longitud nominal para |
|
Clase A |
Clase B |
|
L £ 1000 |
+ 10 |
+ 6 |
1000 < L £ 2500 |
+ 0.01L |
+ 6 |
L > 2500 |
+ 0.01L |
+ 0.003L |
Las clases A y B de tolerancias en rectitud se indican en la siguiente
tabla para una longitud de medida de 1000mm.
Tabla 8‑5 Fleje y Banda cortada de acero laminado en frío - Tolerancias en rectitud
Medidas
en milímetros
Anchura
nominal (W) |
Clase A (desviación
máxima) |
Clase B (FS)
(desviación máxima) |
10 £ W < 25 |
5.00 |
2.00 |
25 £ W < 40 |
3.50 |
1.50 |
40 £ W < 125 |
2.50 |
1.25 |
125 £ W < 600 |
2.00 |
1.00 |
1)
Las tolerancias de esta tabla sólo son aplicables a los flejes cuya
anchura es al menos 10 veces el espesor. 2)
Para los flejes en estado de temple y revenido, las tolerancias en
rectitud se pueden reducir por acuerdo al hacer el pedido. |
Cuando no sea practicable medir sobre una longitud de 1000mm, se deben
calcular las tolerancias equivalentes mediante la fórmula siguiente, el
resultado se redondea al milímetro superior:
Tolerancias en rectitud =
(longitud no estandar)2 x tolerancia en rectitud (tabla)
(longitud estandar)2
La tolerancia en planicidad de los flejes cortados longitudinalmente en
el sentido de laminación es de 10mm máximo sobre 1000mm. Cualquier otro
requisito relativo a la planicidad debe ser objeto de un acuerdo particular al
hacer el pedido. En caso de requisitos particulares para la planicidad en el
sentido transversal, la desviación máxima admisible y el método de medida deben
ser objeto de acuerdo al hacer el pedido.
La falta de escuadría de los flejes en longitudes cortadas, de anchura
inferior a 100mm, la falta de escuadría no debe superar el 1% de la anchura
real de la longitud cortada del fleje.
Aplicable a los productos planos laminados en frío, de acero de bajo
contenido en carbono, no recubiertos, de anchura igual o superior a 600mm y de
un espesor al menos igual a 0.35mm y, salvo que se acuerde lo contrario en el
pedido, igual o inferior a 3mm, destinados a la embutición y conformación en
frío, suministrados en forma de chapas, de bobinas, de bobinas de fleje
obtenidas por corte longitudinal de una banda o de fleje en tiras. No es
aplicable a los flejes obtenidos directamente por laminación (anchura de
laminación < 600mm) ni a los productos planos para los que exista otra norma
específica.
Tabla 8‑6 Productos laminados en frío de acero bajo en carbono para embutición o conformado en frío - Características mecánicas1)
Designación |
Clasificación
según EN 10020 |
Estado de
deoxidación |
Validez
de las propiedades mecánicas |
Aspecto
superficial |
Ausencia
de líneas de cedencia |
Re N/mm2 2) |
Rm N/mm2
2) |
A80 %mín.3) |
r90 mín. 4) y 5) |
n90 mín. 4) |
Composición
química % máx. en
colada |
|||||
Simbólica según
EN10027-1 y CR10260 |
Numérica según EN10027-2 |
C |
P |
S |
Mn |
Ti |
||||||||||
DC016) |
1.0330 |
Acero de calidad
no aleado7) |
A elección del
fabrican-te |
---- |
A |
---- |
8) -/280 10) |
270/410 |
28 |
---- |
---- |
0.12 |
0.045 |
0.045 |
0.60 |
---- |
---- |
B |
3 meses |
||||||||||||||
DC03 |
1.0347 |
Acero de calidad
no aleado7) |
Comple-tamente
calmado |
6 meses |
A |
6 meses |
-/240 8) |
270/370 |
34 |
1.3 |
---- |
0.10 |
0.035 |
0.035 |
0.45 |
---- |
6 meses |
B |
6 meses |
||||||||||||||
DC04 |
1.0338 |
Acero de calidad
no aleado7) |
Comple-tamente
calmado |
6 meses |
A |
6 meses |
-/210 8) |
270/350 |
38 |
1.6 |
0.180 |
0.08 |
0.030 |
0.030 |
0.40 |
---- |
6 meses |
B |
6 meses |
||||||||||||||
DC05 |
1.0312 |
Acero de calidad
no aleado7) |
Comple-tamente
calmado |
6 meses |
A |
6 meses |
-/180 8) |
270/330 |
40 |
1.9 |
0.200 |
0.06 |
0.025 |
0.025 |
0.35 |
---- |
6 meses |
B |
6 meses |
||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
r mín. 4) y 5) |
n mín. 4) |
|
|
|
|
|
DC06 |
1.0873 |
Acero de calidad
no aleado |
Comple-tamente
calmado |
6 meses |
A |
Ilimitada |
-/180 9) |
270/350 |
38 |
1.8 |
0.220 |
0.02 |
0.020 |
0.020 |
0.25 |
0.311) |
6 meses |
B |
Ilimitada |
||||||||||||||
1)
Las características mecánicas sólo son aplicables a los productos
temperados. 2)
Los valores del límite elástico se refieren al límite de elasticidad
convencional al 0.2%, para los productos que no presenten límite de cedencia.
En caso contrario se refieren a límite elástico inferior, Rel. Si
el espesor nominal e es 0.5mm<e£0.7mm, se debe aumentar en 20<N/mm2 el límite elástico
máximo especificado y en 40N/mm2 para valores de e£0.5mm. 3)
Si el espesor nominal e es 0.5mm<e£0.7mm, el valor mínimo del alargamiento de rotura se debe disminuir en
2 unidades y en 4 unidades para valores de e £ 0.5mm. 4)
Los valores de r90 y n90 o de r y n sólo son
aplicables a espesores e ³ 0.5mm. 5)
Si el espesor nominal e>2mm, el valor de r90 o de r debe
disminuirse en 0.2. 6)
Se aconseja utilizar los productos de grado DC01 en un plazo no
superior a 6 semanas a partir de su puesta a disposición. 7)
Salvo que se acuerde lo contrario al hacer el pedido, los grados DC01,
DC03, DC04 y DC05 pueden suministrarse como aceros aleados (por ejemplo boro
o titanio). 8)
A efectos del cálculo, el límite elástico inferior, Re, para
los grados DC01, DC03, DC04 y DC05, se puede considerar igual a 140N/mm2. 9)
A efectos de cálculo, el límite elástico inferior, Re, para
el grado DC06, se puede considerar igual a 120N/mm2. 10) El límite
superior Re de 280 N/mm2, para el grado DC01, sólo es
aplicable durante los 8 días siguientes a la puesta a disposición del producto. 11) El titanio puede
reemplazarse por niobio. El carbono y el nitrógeno deben estar combinados en
su totalidad. |
Las características mecánicas indicadas en la tabla anterior sólo son
aplicables a los productos temperados (con “skin-pass”). Estas características
mecánicas son válidas dentro del plazo indicado en dicha tabla, contado a
partir de la puesta a disposición del producto. En el caso de productos no
temperados (sin “skin-pass”), las características mecánicas se deben establecer
por acuerdo al hacer el pedido. Debe ser comunicada al comprador la fecha en
que los productos van a ser puestos a su disposición, con una antelación
suficiente y compatible con la validez de las características mecánicas. Un
almacenamiento prolongado de los productos del grado DC01 puede dar lugar a una
modificación de las características mecánicas que disminuya la aptitud a la
conformación y a la embutición.
Las características superficiales son el aspecto y el acabado. El
comprador debe indicarlas al hacer el pedido. No se puede solicitar el aspecto
B ni ningún requisito de acabado superficial para los productos no temperados.
Aspecto superficial: Los productos se pueden suministrar con uno de los
aspectos superficiales designados como A y B.
·
Aspecto superficial A: Son admisibles algunos defectos tales como poros,
ligeras rayas, pequeñas marcas, o ligeras coloraciones que no afecten a la
conformidad o a la adherencia de los recubrimientos superficiales.
·
Aspecto superficial B: La cara de mejor aspecto deberá estar
prácticamente libre de defectos y no debe afectar al aspecto uniforme de una
pintura de calidad o de un recubrimiento electrolítico. La otra cara deberá
tener, al menos, el aspecto A.
En el caso de suministro de bobinas, de banda o de
fleje, el tanto por ciento admisible de defectos superficiales puede ser más
elevado que en el caso de suministro en chapas o en bandas. El comprador debe
tener esto en cuenta y el tanto por ciento defectuoso admisible debe fijarse al
hacer el pedido.
Salvo que se acuerde lo contrario, sólo una cara debe responder a los
criterios especificados. La otra debe tener un aspecto tal que no tenga
repercusiones desfavorables sobre la calidad de la cara de mejor aspecto en los
tratamientos ulteriores. Acabado superficial: El acabado superficial puede ser
brillante, semibrillante, normal o rugoso. Si en el pedido no se hace
indicación respecto al acabado, los productos se deben suministrar con un
acabado normal. La rugosidad media de cada uno de los cuatro acabados
superficiales se recogen en la tabla anterior. La medición de la rugosidad se
debe realizar según la EURONORMA 49.
Por acuerdo al hacer el pedido, para aplicaciones específicas, se pueden
suministrar otras gamas de rugosidad.
Tabla 8‑7 Productos laminados en frío de acero bajo en carbono para embutición o conformado en frío - Acabados superficiales: valores de rugosidad
Acabado
superficial |
Símbolo |
Rugosidad |
Brillante |
b |
Ra £ 0.4mm |
Semibrillante |
g |
Ra £ 0.9mm |
Normal |
m |
0.6 mm < Ra £ 1.9mm |
Rugoso |
r |
Ra
> 1.69mm |
En general, el fabricante somete a todos los productos a una ligera
pasada de temperado (“skin-pass”), después del recocido, para evitar la
formación de líneas de cedencia durante la conformación ulterior. La tendencia
a la deformación de estas líneas de cedencia, puede reaparecer después de haber
transcurrido un cierto tiempo desde la aplicación del temperado; en
consecuencia, el utilizador debe transformar los productos dentro de un plazo
lo más corto posible. Los productos de grado DC06 no presentan riesgos de
formación de líneas de cedencia aún cuando hayan sido suministrados sin
temperado. Productos temperados: El fabricante debe asegurar la ausencia de
líneas de cedencia:durante 6 meses a partir de la puesta a disposición de los
productos para los grados DC03, DC04 y DC05, aspectos superficiales A y
B;durante 3 meses a partir de la puesta a disposición de los productos para el
grado DC01 y aspecto superficial B.Productos no temperados: Son admisibles las
líneas de cedencia, tanto en los productos en estado de suministro, como en las
piezas embutidas. Aptitud a los recubrimientos superficiales: Los productos
pueden destinarse para recibir un recubrimiento metálico, ya sea por inmersión
en caliente o por vía electrolítica, y/o un recubrimiento orgánico de otro
tipo. Si está prevista tal aplicación, debe indicarse al hacer el pedido.
Soldabilidad: Se asegura la soldabilidad por los procedimientos industriales
habituales. No obstante, es deseable que se indique al hacer el pedido el
procedimiento de soldeo que va a utilizarse. Este requisito es indispensable en
el caso de soldeo con gas.
Tolerancias
dimensionales y de forma. UNE 36-563-92 (EN 10131; 1991).
Aplicable para los flejes en bobinas y flejes cizallados, de hasta 100mm
de espesor y anchura inferior a 600mm, de acero bajo en carbono, aleado y no
aleado. Estos productos son aptos para el conformado en frío. También son
susceptibles de recibir un recubrimiento superficial. Por el contrario, no son
aptos para temple y revenido.
Tabla 8‑8 Flejes de acero bajo en carbono para conformado en frío – Condiciones de suministro
Designación |
Clasificación
según EN 10020 |
Tipo de
desoxida-ción |
Características
mecánicas garantizadas durante |
Condición
de suministro |
Símbolo |
Re N/mm2)
5) |
Rm N/mm2) |
|
Según EN 10027-1 y ECIS IC 10 |
Según EN 10027-2 |
|||||||
DC01 |
1.0330 |
Aceros no
aleados de calidad |
A la discreción
del fabricante |
3 meses |
Recocido |
A |
---- |
270-390 |
Ligera pasada de
temperado |
LC |
máx.2801)4) |
270-4104) |
|||||
temperado |
C290 |
200-380 |
290-430 |
|||||
C340 |
mín.250 |
340-490 |
||||||
C390 |
mín.310 |
390-540 |
||||||
C440 |
mín.360 |
440-590 |
||||||
C490 |
mín.420 |
490-640 |
||||||
C590 |
mín.520 |
590-740 |
||||||
C690 |
mín.630 |
mín.69010) |
||||||
DC03 |
1.0347 |
Aceros no
aleados de calidad |
Totalmente
calmado |
6 meses |
Recocido |
A |
---- |
270-370 |
Ligera pasada de
temperado |
LC |
máx.2401)4) |
270-3704) |
|||||
temperado |
C290 |
210-355 |
290-390 |
|||||
C340 |
mín.240 |
340-440 |
||||||
C390 |
mín.330 |
390-490 |
||||||
C440 |
mín.380 |
440-540 |
||||||
C490 |
mín.440 |
490-590 |
||||||
C590 |
mín.540 |
mín. 590 |
||||||
DC04 |
1.0338 |
Aceros no aleados
de calidad |
Totalmente
calmado |
6 meses |
Recocido |
A |
---- |
270-350 |
Ligera pasada de
temperado |
LC |
máx.2101)4) |
270-3504) |
|||||
temperado |
C290 |
220-325 |
290-390 |
|||||
C340 |
mín.240 |
340-440 |
||||||
C390 |
mín.350 |
390-490 |
||||||
C440 |
mín.400 |
440-590 |
||||||
C490 |
mín.460 |
490-590 |
||||||
C590 |
mín.560 |
590-690 |
||||||
DC05 |
1.0312 |
Aceros no
aleados de calidad |
Totalmente
calmado |
6 meses |
Ligera pasada de
temperado |
LC |
máx. 1801)
4) |
270-3304) |
|
||||||||
DC06 |
1.0873 |
Aceros no
aleados de calidad |
Totalmente
calmado |
6 meses |
Ligera pasada de
temperado |
LC |
máx1801)4)6) |
270-3504) |
1)
Los valores del límite elástico son, el límite elástico convencional a
0.2% para los productos que no presentan un punto de deformación bien
definido, y el límite inferior de resistencia al punto cedente (Rel.)
para los demás. Cuando el espesor es inferior o igual a 0.7mm pero
superior a 0.5mm, se permite aumentar en 20N/mm2 el valor máximo
del límite elástico y en 5 unidades el valor máximo de HV. En el caso de
espesores inferiores o iguales a 0.5mm, se permite aumentar en 40N/mm2
el valor máximo del límite elástico y en 10 unidades el valor máximo de HV. 2)
Para espesores 0.5mm<e£0.7mm, se permite disminuir en 2 unidades el valor mínimo del
alargamiento de rotura. Par espesores entre 0.2mm<e£0.5mm, se permite disminuir en 4 unidades el valor
mínimo del alargamiento de rotura. Para e£0.2mm, se permite disminuir en 6 unidades el valor mínimo del
alargamiento de rotura. 3)
Para espesores inferiores a 1.5mm, se permite un valor máximo del
límite elástico de 235N/mm2. 4)
Los valores indicados en la tabla se aplican solo a superficies con
aspecto MA. Para superficies con aspecto MB y MC, los valores del límite
elástico y la resistencia a la tracción se aumentan en 20N/mm2 y
los valores del alargamiento de rotura se disminuyen en 2 unidades. Asimismo
el valor de HV se aumenta en 5 unidades. |
Estas características son
válidas para el período indicado en la tabla a partir de la fecha en que los
productos estén disponibles para ser suministrados. La fecha de disponibilidad
debe ser comunicada al comprador mediante una notificación enviada con un
período de antelación razonable y compatible con la validez de las
características mecánicas. El almacenamiento de los productos tipo DC01 durante
más de 3 meses puede provocar una modificación de las características mecánicas
susceptible de entrañar una disminución de la aptitud al conformado y a la
embutición. El ensayo para la verificación de las características mecánicas
indicadas en la tabla, es el ensayo de tracción. Sin embargo, por acuerdo al hacer
el pedido, se pueden especificar valores de dureza en vez de las propiedades
del ensayo de tracción, pero no ambos. Los valores del ensayo de tracción se
refieren a probetas longitudinales.
Tabla 8‑9 Flejes de acero bajo en carbono para conformado en frío – Características mecánicas y composición química
Designación |
Alargamiento
de rotura (%mín.) |
r90 |
n90 |
Dureza HV |
Composición
química en % en masa (máx.) sobre colada |
||||||||
Según EN 10027-1 y ECIS IC 10 |
Según EN 10027-2 |
A80 |
A50 |
L0 5.65ÖS0 |
mín8)9) |
mín8) |
mín. |
máx. |
C |
P |
S |
Mn |
Ti |
DC01 |
1.0330 |
28 |
30 |
32 |
---- |
|
---- |
105 |
0.12 10) |
0.045 |
0.045 |
0.60 10) |
|
282)4) |
302)4) |
322)4) |
|
|
---- |
1154) |
|||||||
18 |
20 |
24 |
|
|
95 |
125 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
105 |
155 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
117 |
172 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
135 |
185 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
155 |
200 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
185 |
225 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
215 |
---- |
|||||||
DC03 |
1.0347 |
34 |
36 |
37 |
|
|
---- |
100 |
0.10 |
0.035 |
0.035 |
0.45 |
|
342)4) |
362)4) |
372)4) |
1.311) |
---- |
---- |
1104) |
|||||||
22 |
24 |
26 |
|
|
95 |
117 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
105 |
130 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
117 |
155 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
135 |
172 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
155 |
185 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
185 |
---- |
|||||||
DC04 |
1.0338 |
38 |
40 |
40 |
---- |
|
---- |
95 |
0.08 |
0.030 |
0.30 |
0.40 |
|
382)4) |
402)4) |
40 |
1.611) |
0.180 |
---- |
1054) |
|||||||
24 |
26 |
28 |
|
|
95 |
117 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
105 |
130 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
117 |
155 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
135 |
172 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
155 |
185 |
|||||||
---- |
---- |
---- |
|
|
185 |
215 |
|||||||
DC05 |
1.0312 |
402)8) |
424) |
424) |
1.911) |
0.200 |
---- |
1004) |
0.06 |
0.0250 |
0.025 |
0.35 |
|
|
r |
n |
|
||||||||||
DC06 |
1.0873 |
382)4) |
402)4) |
402)4) |
1.8 |
0.220 |
---- |
---- |
0.02 |
0.020 |
0.020 |
0.25 |
0.37) |
5)
A efectos de cálculo, el límite inferior (Re) se puede
considerar igual a 140N/mm2 para los tipos DC01, DC03, DC04 y DC05
en las condiciones A y LC. 6)
A efectos de cálculo. el límite inferior (Re) se puede
considerar igual a 120N/mm2 para el tipo DC06. 7)
El titanio se puede reemplazar por niobio. El carbono y el nitrógeno
deben estar completamente combinados. 8)
Para espesores 5mm<e<3mm, se puede determinar los valores de r y
n por acuerdo al hacer el pedido. 9)
Para espesores superiores a 2mm, el valor de r se reduce en 0.2. 10) Para el tipo
DC01 en la condición de suministro C690, los contenidos de C y Mn se pueden
sobrepasar. 11) Los valores
longitudinales de r (r0) para los tipos DC03, DC04 y DC05 son
respectivamente 1.1, 1.3 y 1.6. |
Las características superficiales se refieren al aspecto superficial y al
acabado superficial, y deben ser especificadas por el comprador. Salvo que se
especifique lo contrario al hacer el pedido, los productos se deben suministrar
con un aspecto superficial MA y un acabado superficial normal (RL; con Ra£6mm).
Aspecto superficial: Los productos planos amparados
por esta norma europea se pueden suministrar con aspecto superficial MA, MB o
MC, según se describe en la siguiente tabla. El aspecto superficial requerido
se debe indicar en la designación.
Tabla 8‑10 Flejes de acero bajo en carbono - Aspectos y acabados superficiales
Aspecto
superficial |
Acabado
superficial |
||
Símbolo |
Características |
Campo de
aplicación |
|
MA |
Superficie
reluciente, metálicamente limpia. Se admiten poros, pequeños defectos y
arañazos |
Todos los
espesores y todos los tratamientos térmicos |
RR, RM, RL 2) |
MB |
Superficie
reluciente, metálicamente limpia. Se admiten poros, arañazos y estrías, en la
medida que a simple vista no se aprecie que el aspecto liso y uniforme se
modifique. |
Espesores £ 2.0mm1). Todos los
tratamientos térmicos excepto A |
RM, RL 2) |
MC |
Superficie
reluciente, metálicamente limpia. Se admiten poros, arañazos y estrías, en la
medida que no afecte al aspecto brillante de la superficie. |
Espesores £ 1.0mm1). Todos los
tratamientos térmicos excepto A |
RN 2) |
1)
Los productos de espesor mayor pueden suministrarse con este aspecto
superficial, por acuerdo particular al hacer el pedido. 2)
No es necesario que este símbolo figure en la designación. |
Las características indicadas en esta tabla son válidas para la
superficie efectivamente inspeccionada, es decir, generalmente la superficie
exterior para las bobinas y la superior para las longitudes. La superficie no
inspeccionada debe presentar como mínimo las características de aspecto
superficial MA.
Estas características no se deben aplicar ni a la primera espira
interior, ni a la primera espira exterior de las bobinas, ni a las longitudes
cortadas de ellas. Acabado superficial: El acabado superficial puede ser
rugoso, mate, normal o brillante, según las indicaciones de la tabla anterior.
Los productos con aspecto superficial MA y MB se suministran generalmente con
acabado superficial normal (RL). Si se solicita acabado superficial rugoso (RR)
o mate (RM), se debe indicar el símbolo correspondiente en la designación. El
aspecto superficial MC se debe suministrar con un acabado superficial brillante
(RN). Los diferentes acabados superficiales se caracterizan por los siguientes
valores de referencia de la rugosidad media Ra: Rugoso: Ra ³ 1.5mm; Mate: 0.6mm > Ra £ 1.8mm; Normal: Ra £ 0.6mm; Brillante: Ra £ 0.2mm. Líneas de cedencia: La
tendencia a la formación de fracturas o de líneas de cedencia durante la
conformación ulterior, se puede evitar durante cierto tiempo con una ligera
pasada de temperado (“skin-pass”) (LC). Se puede garantizar la ausencia de
líneas de cedencia durante tres meses para el tipo DC01 y seis meses para los
otros tipos, a contar desde la fecha acordada en que los productos están
disponibles para ser suministrados. Aptitud a la aplicación de recubrimientos
superficiales: Los productos amparados por esta norma europea son aptos para el
recubrimiento superficial, teniendo en cuenta los siguientes requisitos: Todos
los productos son aptos para el recubrimiento orgánico; Todos los productos pueden
ser recubiertos con un revestimiento metálico, por ejemplo cinc, estaño, plomo,
por inmersión en caliente o por pulverización en caliente; Todos los productos
con aspecto superficial MB o MC son aptos para el recubrimiento electrolítico.
La aplicación de un recubrimiento superficial requiere una preparación adecuada
de la superficie por la persona encargada. El tipo de recubrimiento debe
acordarse al hacer el pedido si se va a utilizar uno de los tipos de
recubrimiento previstos anteriormente. Si se va a aplicar un recubrimiento
metálico de acuerdo con lo expuesto anteriormente, se debe tener en cuenta para
las condiciones de suministro C290 a C690 una posible influencia de la
relajación de tensiones o de recristalización por la acción de temperaturas elevadas,
sobre las características mecánicas del producto. Soldabilidad: La aptitud al soldeo con los medios
apropiados debe estar garantizada para todos los tipos y para todas las
condiciones de suministro. Para las condiciones de suministro C290 a C690, se
debe tener en cuenta que la elevación de temperatura durante las operaciones de
soldeo, podría afectar a las propiedades mecánicas y a la microestructura.
Tolerancias
dimensionales y de forma. UNE-EN 10140; 1997
Aplicable a las bandas laminadas en frío para conformación en frío, no
recubiertas, de bajo contenido en carbono y las de acero de alto límite
elástico, de espesor igual o superior a 0.35mm y, salvo acuerdo establecido al
hacer el pedido, de espesor igual o inferior a 3mm, suministradas en chapas
cortadas, en bobinas, o como fleje obtenido por corte longitudinal, en bobinas
o en fleje en tiras. No es aplicable al fleje de anchura de laminación inferior
a 600mm o a los productos planos laminados en frío para los cuales existe una
norma específica.
Tabla 8‑11 Banda laminada en frío, no recubierta de acero de bajo carbono para conformación en frío - Medidas y tolerancias en espesor
Medidas en milímetros
Espesor
nominal |
Tolerancias
normales1) para una anchura nominal de: |
Tolerancias
restringidas(S)1) para una anchura nominal de: |
||||
£ 1200 |
> 1200 £ 1500 |
> 1500 |
£ 1200 |
> 1200 £ 1500 |
> 1500 |
|
³ 0.35 a 0.40 |
± 0.04 |
± 0.05 |
---- |
± 0.025 |
± 0.035 |
---- |
> 0.40 a 0.60 |
± 0.05 |
± 0.06 |
± 0.07 |
± 0.035 |
± 0.045 |
± 0.05 |
> 0.60 a 0.80 |
± 0.06 |
± 0.07 |
± 0.08 |
± 0.04 |
± 0.05 |
± 0.05 |
> 0.80 a 1.00 |
± 0.07 |
± 0.08 |
± 0.09 |
± 0.045 |
± 0.06 |
± 0.06 |
> 1.00 a 1.20 |
± 0.08 |
± 0.09 |
± 0.10 |
± 0.055 |
± 0.07 |
± 0.07 |
> 1.20 a 1.60 |
± 0.10 |
± 0.11 |
± 0.11 |
± 0.07 |
± 0.08 |
± 0.08 |
> 1.60 a 2.00 |
± 0.12 |
± 0.13 |
± 0.13 |
± 0.08 |
± 0.09 |
± 0.09 |
> 2.00 a 2.50 |
± 0.14 |
± 0.15 |
± 0.15 |
± 0.10 |
± 0.11 |
± 0.11 |
> 2.50 a 3.00 |
± 0.16 |
± 0.17 |
± 0.17 |
± 0.11 |
± 0.12 |
± 0.12 |
1) Para las bandas y el fleje obtenido por corte longitudinal, la
tolerancia en la zona de la soldadura puede incrementarse en un 60% en una
longitud de 15m. Este incremento es aplicable a todos los espesores y, salvo
que se haya acordado otra cosa al hacer el pedido, a las desviaciones en más
y en menos de las tolerancias normal y especial. |
Tabla 8‑12 Banda laminada en frío, no recubierta de acero de bajo carbono y alto límite elástico para conformación en frío - Tanto por ciento de incremento de la tolerancia en espesor para bandas de acero de alto límite elástico
Límite
elástico, Re mínimo especificado N/mm2 |
Tanto por
ciento de incremento para las tolerancias en espesor, sobre los valores
especificados para los aceros de bajo contenido en carbono % |
< 280 |
0 |
³ 1200 < 360 |
20 |
³ 360 |
40 |
Tabla 8‑13 Banda laminada en frío, no recubierta de acero de bajo carbono y alto límite elástico para conformación en frío - Medidas y tolerancias en anchura de bandas en chapa cortada o en bobina
Medidas en milímetros
Anchura
nominal |
Tolerancia
normal |
Tolerancia
restringida (S) |
||
Desviación en
menos |
Desviación en
más |
Desviación en
menos |
Desviación en
más |
|
£ 1200 |
0 |
+ 4 |
0 |
+ 2 |
> 1200 £ 1500 |
0 |
+ 5 |
0 |
+ 2 |
> 1500 |
0 |
+ 6 |
0 |
+ 3 |
Tabla 8‑14 Banda laminada en frío, no recubierta de acero de bajo carbono y alto límite elástico para conformación en frío - Medidas y tolerancias en anchura de flejes obtenidos por corte longitudinal
Tipo de
tolerancia |
Espesor
nominal |
Anchura
nominal |
|||||||
< 125 |
³ 125 a < 250 |
³ 250 a < 400 |
³ 400 a < 600 |
||||||
Desviación en
menos |
Desviación en
más |
Desviación en
menos |
Desviación en
más |
Desviación en
menos |
Desviación en
más |
Desviación en
menos |
Desviación en
más |
||
Normal |
< 0.6 |
0 |
+ 0.4 |
0 |
+ 0.5 |
0 |
+ 0.7 |
0 |
+ 1.0 |
³0.6a<1.0 |
0 |
+ 0.5 |
0 |
+ 0.6 |
0 |
+ 0.9 |
0 |
+ 1.2 |
|
³1.0a<2.0 |
0 |
+ 0.6 |
0 |
+ 0.8 |
0 |
+ 1.1 |
0 |
+ 1.4 |
|
³2.0a£3.0 |
0 |
+ 0.7 |
0 |
+ 1.0 |
0 |
+ 1.3 |
0 |
+ 1.6 |
|
Restringida (S) |
< 0.6 |
0 |
+ 0.2 |
0 |
+ 0.2 |
0 |
+ 0.3 |
0 |
+ 0.5 |
³0.6a<1.0 |
0 |
+ 0.2 |
0 |
+ 0.3 |
0 |
+ 0.4 |
0 |
+ 0.6 |
|
³1.0a<2.0 |
0 |
+ 0.3 |
0 |
+ 0.4 |
0 |
+ 0.5 |
0 |
+ 0.7 |
|
³2.0a£3.0 |
0 |
+ 0.4 |
0 |
+ 0.5 |
0 |
+ 0. |